Inicio Contáctenos Prensa
 
 
Perfil
Ati Opina
Política
  Jóvenes
  Mujeres
    Debates
    Ponencias
    Proposiciones
    Proyectos
    Comunicados
    Galería de fotos
    Pronunciamientos
    Ati en los medios
    Vídeos
Agenda
Sitios recomendados
 
   
Ambiente

Dos visiones del agua plasmadas en proyectos

De un lado la indígena, que busca a toda costa su protección y la creación de una red de hijos del agua para su defensa y de otro, la concepción mercantilista y sin participación ciudadana.

ESTATUTO DEL AGUA PARA BOGOTÁ D.C. PROYECTO LEY 365 DE 2005 PARA COLOMBIA


DERECHO HUMANO FUNDAMENTAL

Salvaguardar la Dignidad Humana de cada persona; a partir de la responsabilidad del Estado de Respetar y Garantizar el derecho al agua, a través de sus políticas públicas y sus planes de desarrollo de inversión para disponer, acceder y calidad del agua.


NECESIDAD HUMANA
 

Importancia estratégica del agua enfocada como elemento mercantil y por ello " si necesita agua, pague por ella "

Ocho (8) artículos de la Ley se centran en el mecanismo de concesión que debe tener el agua en Colombia.

Respetar y garantizar el derecho al agua no se presenta en el articulado ni en la exposición de motivos.


CULTURA DEL AGUA

Educación y transformación de prácticas y hábitos del agua como elemento dador de vida de los pueblos originarios de América.


TECNOLOGISISMO DEL AGUA

Todo lo relacionado a la infraestructura y equipamiento instalada alrededor del sistema hídrico del país para uso recreativo y comercial.


DEMOCRATIZACIÓN DEL AGUA

ignifica que las decisiones en la planeación, manejo y uso del agua no se limiten a entidades del distrito, sino que la ciudadanía tenga la posibilidad de ser consultada y convocada a participar en la formulación de políticas públicas, planes, programas y proyectos relacionados con el ciclo natural del agua en Bogotá. " referendos y plebiscitos "


PLANIFICACIÓN DEL AGUA

Centraliza la Planificación en el Plan Hídrico Nacional y el Plan de Ordenación y Manejo de la Cuenca Hidrográfica , violando la autonomía territorial plasmada en el artículo 287 de la C. P.

Crea los Consejos de cuencas, en donde no hay claridad si éstos se organizan en cuencas de primer, segundo o tercer orden. Pueden existir tantos concejos como cuencas hay en Colombia.

La participación ciudadana esta ausente.

<< Regresar

 

 
 
Encuesta
  Participa en nuestro sondeo haciendo click AQUI